SE AMPLIA DEMANDA.- LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO ORDENADO DE OFICIO DE PARTE DEMANDA.- ACUMULACION DE PRETENSIONES DERIVADAS DE UN ACCIDENTE DE TRANSITO.- DAÑOS Y PERJUICIOS PERSONALES, Y MATERIALES CIVILES.- COSTAS DEL JUICIO.- AVERIGUACIÓN DE DOMICILIO.- COMUNICACIÓN SUBSIDIARIA Y HABILITACIÓN DÍAS Y HORAS INHÁBILES.
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN.
…………………………………, mayor de edad, soltero, Licenciado en Ciencias Jurídicas, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. ……, con despacho profesional en Colonia ………………………. Tegucigalpa, M.D.C., teléfono ……… / …………., email:………………; actuando en mi condición de apoderado legal de los señores: 1) ……………………… mayor de edad, Motorista, hondureño con identidad No. ………………, con domicilio en ……………………………. Comayagüela M.D.C., actuando en su condición personal, y 2) …………………………, mayor de edad, Comerciante, hondureña, con identidad No. ……………………, con domicilio en ………………………………., Comayagüela M.D.C., como se encuentra acreditado en la DEMANDA POR LA VIA DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES DERIVADAS DE UN ACCIDENTE DE TRANSITO, DAÑOS Y PERJUICIOS PERSONALES, Y MATERIALES CIVILES, contra el señor ……………………., con el debido respeto comparezco a AMPLIAR DEMANDA.- LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO ORDENADO DE OFICIO DE PARTE DEMANDA.- ACUMULACION DE PRETENSIONES DERIVADAS DE UN ACCIDENTE DE TRANSITO.- DAÑOS Y PERJUICIOS PERSONALES, Y MATERIALES CIVILES.- COSTAS DEL JUICIO.- AVERIGUACIÓN DE DOMICILIO.- COMUNICACIÓN SUBSIDIARIA Y HABILITACIÓN DÍAS Y HORAS INHÁBILES, contra el señor ……………………., quien es mayor de edad, casado, hondureño, transportista, de este domicilio y de quien se desconoce su domicilio. Demanda que presento por los hechos y fundamentos de derecho siguientes:
MANIFESTACIÓN SOBRE EL LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO
- En relación a integrar de oficio en litisconsorcio pasivo necesario a la presente demanda, cuya reposición y apelación subsidiaria consta grabación de audiencia, debemos resaltar que, interviniendo pluralidad de culpables en la acusación del accidente, al responsable del accidente el señor …………………………. y el indirecto el señor …………………….. por las normas que regulas las Obligaciones que Nacen de Culpa o Negligencia (Codigo Civil.- Titulo XIV- De las Obligaciones que se Contraen sin Convenio- Capitulo II) es de aplicación la doctrina de responsabilidad extracontractual conforme a los artículos del Codigo Civil: 2236 “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.” y 2237 “La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder; a cuyo tenor la responsabilidad en tales situaciones frente a tercero tiene carácter solidario el dueño de la empresa de buses es responsable de reparar el daño íntegramente y pudiendo, por tanto, mis representado dirigirse indistinta-mente contra todos los responsables o contra cualquiera de ellos, sin perjuicio de las acciones de repetición que se deriven entre ellos. (Codigo Civil, Artículo º 2238: El que paga el daño causado por sus dependientes puede repetir de estos lo que hubiese satisfecho.)
- Consideramos que no es de aplicación el Codigo Procesal Civil en su Artículo 69, ya que la decisión de fondo a recaer en el proceso no afecte de manera uniforme a varias personas consideradas en su conjunto, ya que, por la potestad que tienen mis representados de accionar contra los responsables como se explica con las normas legales previamente citadas, sólo se está demandando por responsabilidad extracontractual al dueño de la unidad de transporte y no al señor …………………… Por lo que la sentencia no podria obligarlo y el juzgado se estaría excediendo de lo que se le pide.
- La acción civil directa contra el conductor no es obligatoria: Pues el Codigo Civil (CC Artículos 2236 y 2237) nos explica que las personas son responsables incluso por aquellas personas de quienes se debe responder, como es el caso del conductor -sin licencia de conducir- y el dueño de una unidad de transporte público, y puede ser demandado indistintamente de la persona que ocasiona el daño. Y al mismo dicho Codigo tiempo deja a salvo la acción de repetición contra el responsable directo. (CC Artículo º 2238:)
- Por esto, la legitimación pasiva (aquel a quien podremos dirigirnos para que pague) por responsabilidad extracontractual es el dueño de la unidad de transporte público, La responsabilidad extracontractual, se encuentra recogida en las normas precitadas de nuestro Código Civil obliga a aquel, que sin mediar contrato, ocasiona un daño, a saldarlo; no existe litisconsorcio pasivo necesario, lo cual significa que nadie está obligado a demandar a la par a la par de la empresa de transporte al conductor de la unidad. Y ante la NO existencia de litisconsorcio pasivo necesario, el titular de la unidad de transporte puede ser condenada y obligar posteriormente a sus dependientes, a cubrir con los daños ocasionados en una acción de repetición.
- Mis representados, al ser solidario el dueño de la unidad y el conductor, puede dirigir la acción civil contra la parte solidaria que deseen y negar esta potestad por parte del órgano recurrido violenta la apetición en inobservancia además los artículos 98 numeral 34 y 104 de la Ley de Tránsito; que señalan respectivamente que es falta grave: “34) Que el propietario de un vehículo permita que el mismo sea conducido por una persona carente de licencia o permiso vigentes;” y que “El propietario de un vehículo responderá civil y solidariamente con el conductor, por los daños, y perjuicios causados a consecuencia de un accidente de tránsito,….”
HECHOS
PRIMERO: Con fecha …………. de …………… del año ……………, en la ciudad de Comayagüela, M.D.C, …………………., conducía el vehículo turismo registro de Taxi N° ……..: Marca ……., Color …….., Año …….., Motor ………., Chasis ………, Placas …………, propiedad de la señora …………….. (Como se acredita con sus documentos de propiedad), en compañía de los pasajeros: ………………… y ………………; cuando inesperadamente el vehículo …………….., NUMERO ……….., PLACA: ………., MARCA: …………., COLOR: ……………, AÑO …………, MOTOR: ……………., CHASIS: ………………., conducido por el señor ……………………, vino a impactar en el vehículo Taxi No. …………
SEGUNDO: El AUTO ……… es propiedad del ahora demandado, según la Certificación de Informe Técnico …………….. emitido por la Dirección Nacional de Transito de fecha …………. e Instrumento No ……….de Acta Notarial de Constatación de Hechos, al salir de una zona de curva cerrada a su izquierda, perdió el control del vehículo que conducía colisionando con el vehículo propiedad de la señora …………………; cuyos hechos y responsabilidad se encuentra también acreditados en los documentos previamente relacionados.
TERCERO: Como consecuencia del accidente por negligencia, el señor ……………………. sufrió daños físicos y lesiones permanentes y fue atendido en diferentes centros hospitalarios y a la fecha de la presentación inicial de la demanda, se suman Gastos Médicos por la cantidad de ………………….. (L. ……….), más el cálculo a la fecha de ………………….. (L. ……………) como daño emergente o lucro cesante a razón de L. …………….. diarios que percibía al prestar su servicio de Motorista de la unidad de Taxi, propiedad de la señora ………………., cuyos valores deberán actualizarse a la liquidación de la correspondiente sentencia, por corresponder a daños y perjuicios diarios; y se acredita con las facturas de gastos médicos autenticadas y con la prueba documental del estado médico que se solicitara al Hospital Escuela y Hospital San Felipe, donde hasta la fecha el mismo es atendido por problemas en la pierna derecha y columna.
CUARTO: Asimismo a raíz del fuerte impacto al vehículo de la señora …………………. -Taxi N° ………………..- este sufrió grandes daños en su estructura y partes mecánicas como ser: El motor y chasis del taxi, daños y otros que dejaron es estado inservible el mismo, estimado los daños materiales en la cantidad de ……………………………….. (L. …………….), que corresponden a lo que sería la compra del vehículo al momento del accidente o la amplia reparación, compras de repuestos del vehículo, más pago de mano de obra del mecánico y del pintor; más el cálculo a la fecha de ………….. (L. ………..) de lucro cesante, a razón de L. ………… diarios, como tarifa diaria que se recibe del vehículo que prestaba el servicio de Taxi y daño emergente a razón de L. ……. diarios de almacenaje del vehículo inservible, cuyos valores deberán actualizarse a la liquidación de la correspondiente sentencia, por corresponder a daños y perjuicios diarios; como se acredita con las cotizaciones de repuestos, cotizaciones de vehículos en el comercio y fotografías del estado del vehículo.
QUINTO: Como circunstancia agravante de los hechos el motorista ……………….., -responsable directo- no tenía licencia para conducir vehículos en el momento que se produjo el accidente, pues la autoridad de Transito constato que el mismo nunca ha tenido Licencia de conducir y el demandado …………………………, le permitía conducir el AUTO BUS que provocó el siniestro, que le causó daños también a 2 pasajeros: …………….. Y …………….., quienes fueron trasladados de emergencia por La Cruz Roja al Hospital Escuela Universitario y al Instituto Hondureño de Seguridad Social ( IHSS) respectivamente; como consta acreditado en la Certificación de Informe Técnico …………… emitido por la Dirección Nacional de Transito de fecha ……………..
SEXTO: Los actos de los demandados en litisconsorcio necesario fueron dolosos, ya que, no cumplía requisitos a sabiendas que son necesarios para conducir o la licencia -que con ello se presume la capacidad de conducir de una persona- y por ello es responsable de los que se demanda con forme al Código Civil señala que: “1533: Las presunciones no son admisibles sino cuando el hecho de que han de deducirse esté completamente acreditado.”. es responsable de la indemnización del resto de daños y perjuicios, en aplicación los Artículos del Código Civil que se señalan: 1362 “La culpa o negligencia del deudor consiste en la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda a las circunstancias de las personas,…..” 2236 “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.” 2237 “La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.- 1365 La indemnización de daños y perjuicios comprende no solo el valor de la pérdida que haya sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor,…- 1355 El obligado incurre en mora… Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado,….-1357 Si la obligación es de hacer y el deudor se constituye en mora, podrá pedir el acreedor, junto con la indemnización de la mora,….- 1360 Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad,…” Además del daño moral que doctrinariamente está asociado con el padecimiento de miedo, sufrimiento, ansiedad, humillación, degradación, inseguridad, frustración, impotencia, irritación, pérdida de tiempo, perdida de trabajo, como los que ha sufrido las víctimas del accidente, en menoscabo de valores significativos, alteraciones de carácter no pecuniario, en las condiciones de existencia de las víctimas o sus familias.
MEDIOS DE PRUEBA
Para acreditar los extremos que alego en cada uno de los hechos controvertidos en la presente demanda, ofrezco los medios de prueba siguientes y que ya se relacionan en cada uno de los hechos:
- Medios de Prueba Documental Publico:
- El Testimonio de la Escritura Pública No. ……….. de Acta Notarial de Constancia de Hechos.
- Certificación del Informe Técnico ……….., extendido por la secretaria de la Oficina de Conciliación de la Dirección Nacional de Transito, de Fecha …………….
- Los documentos del permiso del taxi: a) El Permiso de Explotación No. ……………… extendido por la Dirección General de Transporte de fecha …….. de ……….. del ……… y con vigencia hasta el ……. de ……… del ………, a favor de la unidad Numero TAXI ………. propiedad de ………………. b) Censo Nacional de Transporte código de censo: Censo-……………..
- Se remitan oficios al Hospital Escuela y Hospital San Felipe de esta ciudad de Tegucigalpa, para que informe o remita copia del expediente de salud del señor ………………………
- Medios de Prueba Documental Privado:
- Álbum Fotográfico donde constan los daños recibidos del vehículo.
- El documento de propiedad del vehículo Marca ………., Modelo ………, Motor ………….., Tipo Turismo, Chasis, …………., color Blanco, Año ………., Placas ………….., con lo que se acredita la propiedad de la señora ……………….
- Cotizaciones de los repuestos, materiales y mano de obra que se necesita para la reparación del vehículo.
- Facturas de gastos médicos del Señor …………………… debidamente autenticadas
- Tres Cotizaciones de Vehículos.
- Interrogatorio De Parte: Al Señor …………………. En su condición personal, quien depondrá al tenor del interrogatorio que tenga a bien esta parte actora.
- Presunciones Legales y Judiciales
- Los demás más medios probatorios que sean necesarios, que resulten del presente proceso o los hechos que en su momento alegue la parte contraria en la fijación del objeto del debate.
ANEXOS.
- Poder en Instrumento Número …….., de fecha ………. de …………. de ………, autorizado por el Notario …………………
- Documentos identificación de las partes
- Fotocopia de carnet del Honorable Colegio de Abogados de Honduras.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Fundo esta demanda en los artículos: 80, 82, 90, 30, 304, 305 de la Constitución de la Republica; 1346, 1350, 2236, 2237, Párrafo 4°, 2238 y demás aplicables del Código Civil; 68, 69, 398, 400 numeral 1, inciso h, 583, 586, 587, 588, 590, 595, 627 y demás aplicables del Código Procesal Civil; 1, 2.2 d), 97, 98, 1) 34), 103, 104, 106 de la Ley de Tránsito.
PETICIÓN
AL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, respetuosamente PIDO:
- Admitir este escrito de demanda junto con los documentos que se acompaña, en perjuicio de …………………… y ………………, promovida en acumulación de pretensiones contra del señor ……………………. y en litisconsorcio pasivo necesario a ………………….
- Averiguación de domicilio del señor ………………………
- Habilitación días y horas inhábiles para la ejecución de los actos de comunicación correspondientes, y que los mismos puedan ser efectuados en lugar distinto de la dirección del demandado en que pudiere ser hallado; así como la autorización de los actos de comunicación subsidiarios.
- Seguido que sea el juicio por sus legales trámites, se dicte Sentencia por la que estimando íntegramente la petición se condene al demandado a compensar las sumas reclamadas a las partes, con los daños y perjuicios -daño emergente y lucro cesante, daño moral, incrementado con los intereses del presente proceso, que deberán ser calculados y líquidos al hacer efectivo el pago.
- Se prosiga el trámite hasta que se haga íntegro o satisfecho las cantidades señaladas, y acordando de acuerdo con lo solicitado con imposición de las costas de este procedimiento a la demandada.
En todo lo demás que proceda conforme a derecho y justicia, expresando nuestra voluntad de cumplir con todos los requisitos exigidos por la Ley, tanto para este acto como para los sucesivos, para el oportuno efecto de subsanación que establece el artículo 20, del Código Procesal Civil.
Tegucigalpa, M.D.C., ………… de ………….. del ………………..