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Sobre La Patria Potestad en Honduras

Sobre La Patria Potestad en Honduras:


1.- ¿Qué es patria potestad?
2.- ¿Cuándo se extingue la patria potestad?
3.- ¿Se puede privar a los padres de la patria potestad?
4.- ¿Quién se encuentra directamente privado de la patria potestad?
5.- ¿Cuándo se puede solicitar la suspensión de la patria potestad?
6- ¿Qué es la patria potestad prorrogada?

1.- ¿Qué es patria potestad en Honduras?


Desde el punto de vista jurídico, la patria potestad, regulada en el Código de Familia, es un conjunto de derechos y deberes que los padres tienen con respecto a la persona y a los bienes de sus hijos. Su régimen legal será de protección a los menores, impidiendo los abusos y sancionando con la pérdida o suspensión de la misma al padre o a la madre en los casos previstos por esta Ley.

La patria potestad comprende, entre otros derechos y obligaciones, el de representar legalmente al menor; ejercer su guarda y cuidado; alimentarlo, asistirlo, educarlo, y administrar sus bienes. Se exceptúan de la administración paterna los bienes heredados legados o donados al menor, si así se dispusiere por el testador o donante de un modo expreso. En tal caso se nombrará un curador especial.

El hijo menor autorizado por la Ley para trabajar administrará y dispondrá, como si fuera mayor de edad, de los bienes que adquiera con su trabajo o empleo público.
Por regla general, la patria potestad se ejerce de forma conjunta por ambos progenitores y de si éstos se encuentren o no casados, o de forma exclusiva por uno de ellos con el consentimiento del otro.

2.- ¿Cuándo se extingue la patria potestad en Honduras?


La patria potestad se extingue cuando se produce alguno de los siguientes supuestos:

  • Por la muerte del hijo;
  • Por arribar el hijo a la mayoría de edad;
  • Por el matrimonio del hijo;
  • Por la adaptación plena del hijo; y,
  • Por emancipación y habilitación de edad.

3.- ¿Se puede privar a los padres de la patria potestad en Honduras?


Los progenitores pueden ser privados de la patria potestad cuando incumplen los deberes que se derivan de misma y siempre por sentencia judicial tras la tramitación del correspondiente juicio ordinario.

Los padres también pueden ser privados o suspendidos del ejercicio de la patria potestad cuando su conducta ponga en peligro la formación de los menores o incapaces o cuando se les trate con una dureza excesiva, lo que implica no sólo fuertes castigos físicos sino toda clase de actos que supongan crueldad o abuso de autoridad.

También puede conducir a la privación la patria potestad, la falta del ejercicio de los derechos y, principalmente, de los deberes que comporta la misma. Por otro lado, los progenitores podrán ser restituidos en la patria potestad si acreditan que ya no concurren las circunstancias que motivaron su privación.

Siempre resulta conveniente el consejo de un abogado quien, a la vista de las singularidades que presenta cada caso, le informará sobre la conveniencia de iniciar las correspondientes acciones legales.

4.-¿Quién se encuentra directamente privado de la patria potestad en Honduras?


La patria potestad se pierde:

  • Por las costumbres depravadas o escandalosas de ambos padres o de uno de ellos, severidad excesiva e irrazonable en el trato de los hijos, o abandono de éstos;
  • Por delito cometido por uno de los padres contra el otro o contra la persona de cualquiera de sus hijos, cuando hubiere condena judicial;
  • Por haber sido condenado o condenados los padres, dos o más veces por delitos de orden común, si la pena excediere de tres años en cada caso;
  • Por trastorno mental de los padres o de uno de ellos declarado judicialmente; y,
  • Por sentencia firme recaída en juicio de divorcio o nulidad del matrimonio.

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5.- ¿Cuándo se puede solicitar la suspensión de la patria potestad?


Se suspende cuando concurra cualesquiera de las siguientes circunstancias:

  • Grave incumplimiento de los deberes que corresponden a los padres de acuerdo con el párrafo primero del Artículo 186 de este Código;
  • Ausencia por más de dos años y que cause perjuicio al menor;
  • Interdicción civil;
  • Ebriedad habitual o uso indebido de drogas heroicas y estupefacientes;
  • Adopción simple; y,
  • Dolo o negligencia inexcusable en la administración de los bienes del hijo.

En estos casos, aunque los progenitores no puedan ejercer los derechos y deberes que comporta la patria potestad, tienen la obligación de prestar alimentos a los menores o incapaces.

6.- ¿Qué es la patria potestad prorrogada?


Si los hijos están incapacitados mentalmente, la patria potestad de los padres no se extingue cuando aquellos alcanzan la mayoría de edad sino que se prorroga hasta que se produce alguna de las siguientes situaciones:

  • El fallecimiento de los padres.
  • La adopción del incapaz.
  • Cesa la causa que motivó la declaración de incapacidad.
  • El incapaz contrae matrimonio.

Aunque la patria potestad concluya, si persiste la causa que motivó la declaración de incapacidad, se establecerá un régimen de tutela en favor del incapaz.

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