…………………………………, mayor de edad, soltero, Licenciado en Ciencias Jurídicas, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. ……, con despacho profesional en Colonia ………………………. Tegucigalpa, M.D.C., teléfono ……… / …………, email: …………….., actuando en mi condición de apoderado legal de la Sra. ……………………., mayor de edad, de nacionalidad hondureña y …………, con cedula de identidad No. ………………….; con todo respeto comparezco a interponer solicitar acceso a información pública consistente en los siguientes documentos:
El día relacionado, mi representada con su mejor hijo después de obtener la autorización para salir por parte del Instituto de Migración, se presentaron al mostrador de la empresa, donde de forma hostil y sin la consideración particular del caso, se les indico que no podrían abordar por no contar con una Carta de Invitación para viajar a ………….. Lo cual en absoluto abuso puesto que mi representada exhibió su pasaporte ………. y ……. del mismo país que le permiten viajar sin ninguna invitación de ese tipo, al igual que a su mejor hijo.
TERCERO: Pese las consideraciones de mi representada que reitero que la aerolínea no tenían potestad legal para negar el abordaje, en virtud que el Gobierno de ……….. en su condición es quien puede o no negarle la entrada; bajo excusas absurdas fue tratada de una forma sumamente abusiva y consecuentemente se le negó el abordaje.
CUARTO: Mi representada después de esperar pacientemente y que se llamara en frecuentadas ocasiones para abordar el vuelo, consulto en repetidas ocasiones si seguirían algún procedimiento o se le permitiría abordar. Se le expresó radicalmente que no le permitiría abordar el vuelo programado, sin ofrecerle siquiera programarle el viaje, sin considerar que el domicilio de mi representada, su trabajo se encuentra en ………….
QUINTO: Lo anterior evidencio un total irrespeto a mí representada y a su menor hijo y ausencia absoluta de procedimientos adecuados de la empresa, ya que la carta de invitación es un documento requerido por las autoridades de ………. y difiere mucho de una VISA de ingreso. Evidentemente por sentido común dicha carta no era necesaria en este caso puesto que la madre es nacional de ……… viajaba con su hijo, con guarda y custodia y autorización del padre. Y, en cualquier caso, serían las autoridades ………. conserva exclusivamente la facultad de negar o no el ingreso a su país. Sin embargo el Gobierno de ……….. ya establece que en estos casos basta con presentar los justificativos de dicho parentesco: libro de familia o certificados, expedido durante los 3 meses previos al viaje, para el ingreso.
SEXTO: Ante evidente desorganización, deficiente entrenamiento del personal, el maltrato y humillación al que fue sometida mi representada, la empresa se negó siquiera a reprogramar el viaje, haciéndole perder los boletos de avión pagados, provocando gastos adicionales, obligándola a permanecer en Honduras y causando que ponga en riesgo su trabajo en …………, al cual debe presentarse desde la semana en curso.
SEPTIMO: Mi representada se ve en la necesidad de comprar 2 pasajes aéreos, incurrió en una serie de gastos extraordinarios, pago de hospedaje, deterioro de comestibles que llevaba en el viaje, autorización notarial y sobre todo perdida de días de trabajo en España.
NOVENO: Extraoficialmente hemos tenido conocimiento que las Aerolíneas al no tener cupos, valiéndose de artificios no ofrecen ninguna cantidad en concepto de compensación como lo manda la normativa nacional e internacional; no reembolsan los billetes, se ofrecen transporte, no prestan una atención adecuada, consistente en comida, alojamiento en hotel, entre otros. Lo cual es su obligación al no tener cupos además de la posibilidad de renunciar voluntariamente a su reserva de vuelo. Aspecto que solicitamos la aerolínea desvirtuar en el proceso.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- JURISDICCIÓN. Resultan de aplicación el artículo 28 del Convenio de Varsovia, sobre las acciones de responsabilidad que se pueden suscitar a elección en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes, el domicilio principal de su explotación o del lugar donde posea un establecimiento por cuyo conducto haya sido ultimado el contrato.
Los artículos 1, 2 y 8 de la Ley de Aeronáutica Civil, que determinan que toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que realice actividades aeronáuticas de carácter civil, tiene el deber de acatar las disposiciones contenidas en dicha Ley.
Jurisdicción ordinaria y competente para conocer de las quejas o denuncias que se susciten en territorio hondureño entre hondureños y aerolíneas extranjeras con arreglo a lo establecido en la Ley de Aeronáutica Civil y en los tratados y convenios internacionales en los que Honduras sea parte.
SEGUNDO.- COMPETENCIA. Teniendo la condición de usuario mi representado y habiendo respondido a una oferta pública de la aerolínea en Honduras, resulta competente la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil ante la que comparecemos, conforme a lo dispuesto en los artículos 3, 8,18 no. 2 y 150 de Ley de Aeronáutica Civil, que determinan la aplicación de dicha Ley a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que realice actividades aeronáuticas de carácter civil, la competencia de la AHAC de velar por el estricto cumplimiento de esta Ley, sus Reglamentos en los Convenios y Tratados Internacionales sobre aviación civil suscritos y ratificados por Honduras y sobre la resolución de cuestiones no previstas expresamente en dicha Ley, a la cual será de aplicación supletoria los principios generales del procedimiento administrativo y, en su defecto, las normas del Código de Procedimientos Civiles.
TERCERO.- CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN. Ambas partes se encuentran capacitadas y legitimadas activamente a tenor de lo dispuesto en los artículos 54 y 55 de Ley de Procedimiento Administrativo.
CUARTO.- POSTULACIÓN Y REPRESENTACIÓN. Conforme a lo previsto en el artículo 61 de Ley de Procedimiento Administrativo.
QUINTO.- FONDO Y PROCEDIMIENTO. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 295 no. 2 de la Ley de Aeronáutica Civil y 196, 197, 198 y 295 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, corresponde dar a la presente queja la tramitación prevista para los procesos sancionatorios.
PETICION
En atención a todo lo anterior, PIDO: Que teniendo por presentado el presente escrito junto con los documentos que se acompañan, se admita a trámite y por promovida la correspondiente queja contra la compañía aérea circunstanciada en el encabezamiento por medio de su representante legal, y seguido que sea el proceso sancionatorio por sus legales trámites se dicte resolución sancionatoria estimando íntegramente la queja por la que se sancione con multa considerable a la misma.
Tegucigalpa M.D.C…………. de ……. de ……….
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