SENTENCIA TE SUPREMA DE JUSTICIA.- Sala Civil. Tegucigalpa, M.D.C., Catorce de Marzo del Dos Mil Trece. VISTO: Para dictar sentencia el Recurso de Casación por Infracción de Ley formalizado ante este Tribunal de Justicia en fecha veintidós de julio de dos mil diez, por el Abogado T. H.S., mayor de edad, casado, hondureño y de este domicilio, actuando en su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil WILLIAMS Y ASOCIADOS CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V.; en relación a la DEMANDA ORDINARIA PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES, DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO promovida en fecha dieciocho de noviembre de dos mil cinco, ante el Juzgado de Letras Primero de lo Civil de San Pedro Sula, Cortes, por el Abogado T.H. S., actuando en su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil WILLIAMS Y ASOCIADOS CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V., contra la sociedad mercantil SEGUROS DEL PAIS, S.A., a través de su representante legal, señor N.L., mayor de edad, casado, Ejecutivo de Negocios, hondureño y de este domicilio. El recurso de casación se interpuso contra la sentencia de fecha nueve de abril de dos mil diez, dictada por la Corte de Apelaciones Civil de San Pedro Sula, C., mediante la cual falló: “1) DECLARAN CON LUGAR PARCIALMENTE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado T.H.S. de que se ha hecho mérito; 2) REFORMAR la sentencia de fecha veintisiete de agosto del año dos mil siete, dictada por el Juzgado de Letras Primero de lo Civil de esta sección judicial, así: A)DECLARAR SIN LUGAR la Demanda Ordinaria para la Indemnización e Daños y Perjuicios por Incumplimiento promovida por el Abogado T. H. S. en su condición de apoderado legal de la entidad mercantil denominada WILLIAMS Y ASOCIADOS CONSTRUCTORES, S.A. contra la Institución denominada SEGURO DEL PAIS, S.A. B) Eximir de las costas de las costas del presenten juicio a la parte demandante por tener motivos racionales para litigar.- SIN COSTAS.” RESULTA: Que en fecha veintidós de julio de dos mil diez, compareció ante este Supremo Tribunal de Justicia el Abogado T.H.S., de generales expresadas, y en su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil WILLIAMS Y ASOCIADOS CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V., formalizando su recurso de casación de la siguiente manera: “MOTIVOS DE CASACION UNICO MOTIVO: