CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- En la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil catorce La Sala de lo Civil, integrada por los magistrados: EDITH MARIA LOPEZ RIVERA como Coordinadora, RAÚL ANTONIO HENRÍQUEZ INTERIANO designado ponente para la redacción de esta resolución, y REINA SAGRARIO SOLORZANO JUÁREZ llamada a integrar, por ausencia del Magistrado JORGE REYES DIAZ, DICTA EL SIGUIENTE AUTO: SON PARTES: La señora S. Y. M. T. compareciendo en nombre y representación de la señora S. V. T. T. y por medio del representante procesal, Abogado E. A. M. G., en su condición de recurrente; siendo recurrida la institución bancaria denominada BANCO …, S.A., representada en juicio por el abogado T. G. M.. OBJETO DEL PROCESO: DEMANDA ORDINARIA DE PAGO Y COSTAS DEL JUICIO, promovida en fecha diez de marzo del año dos mil ocho, ante el Juzgado Primero de Letras Seccional de Copán, por la señora S. Y. M. T., en su condición de representante legal de la señora S. V.T., contra el señor J. B. A., en su condición de Presidente Ejecutivo de la Junta Directiva del BANCO …, S.A. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: La Corte de Apelaciones Seccional del departamento de Copán, conociendo por vía de apelación, dictó sentencia REVOCANDO la sentencia definitiva proferida en fecha veintiocho de mayo del año dos mil doce, por el Juzgado Primero de Letras Seccional del departamento de Copán, en el juicio contentivo de la DEMANDA ORDINARIA DE PAGO Y COSTAS DEL JUICIO, promovida en fecha diez de marzo del año dos mil ocho, por el abogado A. J. G. M., en su condición de apoderado de la señora S. Y. M. T., contra el señor J. B. A., en su condición de Presidente Ejecutivo de la Junta Directiva del BANCO …, S.A. El fallo de la sentencia dictada por la honorable Corte de Apelaciones Seccional del departamento de Copán antes mencionada, literalmente dice: “FALLA: PRIMERO: DECLARA HA LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado T. G. M., contra la sentencia definitiva de fecha 28 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Letras Seccional de Santa Rosa de Copán; SEGUNDO: REVOCAR el fallo impugnado; TERCERO: DESESTIMAR la Demanda Ordinaria de Pago promovida por S. Y. M. T., en representación de la señora S. V. T. T., contra la empresa mercantil denominada BANCO …, S.A.;  CUARTO: CON COSTAS a la parte vencida en esta instancia”. SEGUNDO: El representante procesal de la señora S. V. T. T., abogado E. A. M. G., presentó en fecha veintiuno de noviembre del año dos mil doce, escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha veinticinco de octubre del año dos mil doce, por la Corte de Apelaciones Seccional del departamento de Copán. TERCERO: Mediante auto de fecha veintidós de noviembre del año dos mil doce, la Corte de Apelaciones Seccional de Copán, tuvo por interpuesto y formalizado el recurso de casación en tiempo y forma por el abogado E. A. M. G., en su condición ya indicada y concede a la parte contraria el término de diez días hábiles para que se pronuncie sobre el contenido del recurso de casación, debiendo entregársele copia del mismo. CUARTO: