Usted tiene derechos como inquilino en Honduras o como arrendador y le informamos en este artículo sobre los derechos y responsabilidades de los inquilinos, aunque:
- No tenga un contrato de alquiler por escrito,
- Haya firmado un acuerdo, o
- Le haya dicho a su propietario que renunciará a sus derechos.
¿Qué sucede si no puedo pagar mi alquiler durante COVID-19?
Por ahora, los propietarios o arrendatarios no pueden comenzar casos nuevos de desalojo (desahucio de inmuebles por causa de mora), por lo menos hasta que terminen las restricciones de circulación. Todos los casos de desalojo en curso continúan en espera. Si tu fuiste a la DAI (Departamento Administrativo de Inquilinato) y perdiste tu caso de desalojo, la policía no podrá desalojarte físicamente, ni sacar tus pertenencias fuera de la propiedad por lo menos hasta que terminen la “cuarentena”.
Eso significa que:
- No puede ser desalojado en este momento, y
- No tiene que mudarse en este momento.
- Tu propietario no puede quitarte tus pertenencias,
- Quitar sus servicios públicos, o
- Rehusarse a hacer las reparaciones necesarias.
- Aumentar el precio de la renta o alquiler.
Recordatorio importante sobre el pago del alquiler:
- En Honduras, aunque no hay una extensión de pagos de alquiler ni exoneración. Tienes que pagar el alquiler de todos los meses en la fecha normal.
- Si pagaste un depósito de seguridad que es más de un mes de alquiler, puedes hablar con el arrendatario, para usar tu depósito de seguridad para tu alquiler de uno o dos meses, según el caso.
- Si tú le pediste a tu propietario una extensión para pagar tu renta del mes mayo por ejemplo y tu renta se tiene que pagar el primero de junio, tu renta tendría que ser pagada no más tarde del día 1 de julio o antes de esta fecha.
Cosas que tiene que hacer el propietario:
- Hacer que la casa, apartamento o habitación arrendando o alquilado, sean seguras.
- Hacer todas las reparaciones necesarias para que los espacios sean adecuados y seguros para que pueda vivir allí.
- Mantener toda la red eléctricos, plomería y otros, en buen funcionamiento y seguros.
- Reparar pintura agrietada, astillada o pelada, sobre todo en el exterior de la propiedad.
Usted tiene derechos como inquilino en Honduras, si su propietario no mantener el apartamento seguro y en buenas condiciones, usted también tiene el derecho de quejarse ante la DAI (Departamento Administrativo de Inquilinato).
Cosas que usted, el inquilino, tiene que hacer:
- Pagar el alquiler de la forma más puntual posible.
- Cumplir con todos las normas de vecindad y demás leyes que le corresponden a usted.
- Mantener su apartamento lo más limpio y seguro posible, incluyendo los fregaderos, inodoros, tinas y electrodomésticos.
- Usar las áreas comunes si hay (lavandería, patio, etc.) en forma razonable.
- No destruir, dañar o tomar un bien que no le pertenezca, ni permitir que alguna otra persona lo haga. Si usted, su familia o sus invitados causan un daño que va más allá del desgaste natural de las cosas, se le deberá pagar al propietario.
- No perturbar a sus vecinos ni permitir que ninguno de sus invitados lo haga.
- Obedecer las reglas de su propietario siempre que sean razonables, claras, se apliquen a todos los inquilinos por igual y le hayan informado sobre las reglas.
- Pagar el alquiler, incluso si su apartamento necesita reparaciones, a menos que la autoridad diga lo contrario o lo tenga en suspenso.
- Dejar que el propietario ingrese en su apartamento, si la solicitud es razonable.
¿El propietario puede entrar a mi apartamento?
Usted tiene derechos como inquilino en Honduras, el propietario no puede entrar a su casa, apartamento o habitación sin su permiso, a menos que haya una emergencia (como una fuga de agua) o usted haya estado fuera de su apartamento por un tiempo (como por ejemplo si estuvo en el hospital). Usted no puede negarle permiso al propietario entrar al apartamento si tiene buen motivo por querer entrar en su apartamento y:
- Le informa por adelantado (por escrito u oralmente);
- Quiere ir a una hora del día razonable; y/o
- Quiere ingresar para hacer reparaciones o inspecciones necesarias, o para mostrarle el espacio a compradores, inquilinos o contratistas/trabajadores potenciales.
- Su propietario no puede ingresar nunca en su apartamento sin permiso a menos que Haya una emergencia real, como agua que se está filtrando al apartamento que está debajo del suyo;
- Si el propietario tiene una orden de la autoridad para entrar en su apartamento; o
- Usted ha abandonado el apartamento y se mudó.
Su propietario no puede ingresar nunca en su apartamento para acosarlo o molestarlo. Si lo hace, llame a la policía y presente una queja.
Pago del Alquiler
Los inquilinos deben pagar mes a mes el alquiler.
Incurre en mora el inquilino que no paga la renta o no la deposita donde corresponde, dentro de los ocho días siguientes al de la fecha del vencimiento de dos mensualidades; (Art. 51 No. 1 de LEY DE INQUILINATO)
Mantenga un registro de sus pagos, si para el alquiler en efectivo, no se olvide de obtener un recibo por cualquier pago en efectivo que haga.
Aumentos de Alquiler
Si tiene un contrato de alquiler escrito, su propietario le puede aumentar el alquiler al final del término de su contrato de alquiler.
Si no tiene un contrato de alquiler escrito, es posible que su propietario le puede aumentar el alquiler al principio de cualquier mes.
Sin embargo, los inquilinos tienen protecciones si le aumentan el alquiler, por ejemplo, para castigarlo por presentar una queja ante la DAI (Departamento Administrativo de Inquilinato).
Desalojos y Cambio de Cerradura
Usted tiene derechos como inquilino en Honduras, a menos que su propietario tenga una orden legal para desalojarlo, usted se puede quedar en su casa, apartamento o habitación. Incluso aunque un banco esté ejecutando el inmueble del propietario, usted tiene el derecho de quedarse. Es contrario a la ley que su propietario:
- Cambie la cerradura de su casa, apartamento o habitación;
- Se quede con sus pertenencias; o
- Haga cualquier otra cosa para impedir que usted entre en su casa, apartamento o habitación;
Si su propietario no lo deja entrar a su casa, apartamento o habitación, llame a la policía y pídales que lo dejen entrar. Es ilegal impedir que entre, aunque usted deba dinero.
Servicios Públicos
Su propietario no debe interferir con sus servicios públicos. Si lo hace, llame a la policía. La policía puede arrestar a su propietario si le cortó un servicio público y no lo vuelve a conectar.
Cualquier servicio público que usted pague debe ser para su propio uso solamente. No le pueden obligar a pagar los servicios públicos de las áreas comunes o de otros inquilinos.
Mora del Arrendatario al Pagar la Renta (Inquilino) Según la Ley De Inquilinato
Artículo 51. …1) Por mora en el pago de la renta, entendiéndose que incurre en mora el inquilino que no paga la renta o no la deposita donde corresponde, dentro de los ocho días siguientes al de la fecha del vencimiento de dos mensualidades;
Mora del Arrendador en Aceptar el Pago de la Renta, Según la Ley De Inquilinato
Artículo 27.- La mora del arrendador en recibir el pago de la renta dará derecho al inquilino para depositar su valor, a la orden del propio arrendador, en el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI). La mora se producirá por la mera negativa del arrendador para recibir el pago dentro de los tres días hábiles anteriores y los tres días hábiles posteriores a la fecha del vencimiento del período a pagar y su existencia se presumirá en favor del inquilino.
Nulidad de Cláusulas en los Contratos Según la Ley De Inquilinato
Artículo 2.- Los derechos otorgados a los inquilinos por esta Ley son irrenunciables; en consecuencia, serán nulas las disposiciones contractuales o de cualquier otra índole que los supriman, contraríen, restrinjan o disminuyan.
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