Derechos y Beneficios Empleados Domésticos

 

El trabajador doméstico tiene derecho a asistir a la escuela nocturna. También derecho a vacaciones remuneradas como todos los trabajadores.

El Código del Trabajo indica como Derechos y Beneficios Empleados Domésticos tendrán un día de descanso remunerado por cada seis de trabajo. De acuerdo a la Ley, al trabajador doméstico no se aplicarán las disposiciones sobre días feriados, pero gozarán de un descanso de diez horas diarias, de las cuales por lo menos ocho horas, han de ser nocturnas y continuas, y dos deben destinarse a las comidas durante los días feriados. En las contrataciones, los primeros quince días se consideran como prueba y cualquiera de las partes puede finalizar el contrato con previo aviso verbal de un día. Después del periodo de prueba, para terminar el contrato ambas partes deben avisar con siete días de antelación, el patrono debe pagar al trabajador los días servidos. Según el código, autorizan al patrono dar por terminado el contrato de trabajo; en los casos de abandono, falta de honradez y moralidad; en los casos a la falta de respeto o maltrato a las personas de la casa y en el cumplimiento de los deberes.

Derechos Beneficios Empleados Domésticos en el Codigo del Trabajo

  • Salvo prueba en contrario se presume que la retribución de los domésticos comprende, además del pago en dinero, el suministro de alimentos de calidad corriente y de habitación. (Artículo 153 – Código de Trabajo de Honduras).
  • Al trabajo de los domésticos no se aplicaran las disposiciones sobre días de descanso, feriados o de fiesta nacional, pero gozaran de un descanso absoluto de diez (10) horas diarias, de las cuales por lo menos ocho (8) han de ser nocturnas y continuas, y dos (2) deben destinarse a las comidas durante los días feriados o de fiesta nacional que este código indica deben forzosamente disfrutar de un descanso adicional de seis (6) horas y tendrán derecho a un (1) día de descanso remunerado por cada seis (6) de trabajo. (Artículo 154 – Código de Trabajo de Honduras).
  • El trabajador domestico tiene derecho a que su patrono le dé oportunidad para asistir a la escuela nocturna. (Artículo 155 – Código de Trabajo de Honduras).
  • Los trabajadores domésticos también tendrán derecho a vacaciones remuneradas como todos los trabajadores. (Artículo 156 – Código de Trabajo de Honduras).

Referente a toda enfermedad contagiosa del patrono o de las personas que habitan la casa donde prestan los servicios, el trabajador tendrá derecho a licencia, a que se le asista su enfermedad y a que se le pague su salario íntegro. Si la enfermedad haya sido contraída por el trabajador e infecte a los de la casa, da derecho al patrono de terminar el contrato sin previo aviso, según la ley.

¿Qué es el trabajo doméstico?

El trabajo doméstico es una de las ocupaciones más antiguas de las mujeres en la historia del mundo. Tiene vínculos con la esclavitud y diversas formas de servidumbre, incluyendo el colonialismo. Se trata de una actividad no regulada y poco valorada, ya que, en la mayoría de los países, las leyes laborales no son aplicables a los trabajadores domésticos.
En un nuevo convenio adoptado por la OIT en junio de 2011 (C189), el trabajo doméstico se define como el «trabajo realizado en o para un hogar u hogares». Así, el trabajo doméstico es diferente del trabajo realizado por los miembros de un hogar como parte de una responsabilidad familiar y sin la creación de una relación laboral.

  1. El trabajo doméstico incluye (en un hogar u hogares)
  2. Limpieza
  3. Lavado, planchado (ropa, vajilla)
  4. Planchado
  5. Cocina (Chef)
  6. Seguridad (del hogar)
  7. Jardinería
  8. Manejo (Chofer)
  9. Cuidados de niños (Niñera)
  10. Cuidados de ancianos
  11. Cuidado de personas enfermas o personas con discapacidad
  12. Cuidado de los animales, etc
  13. Asistencia en las tareas domésticas diarias
Fuentes:
Código de Trabajo de Honduras
http://www.tusalario.org/

Si desea asesoria jurídica o desea contratar un servicios, puede consultar gratuitamente por escrito, escribiendo a nuestro E-mail o visitando nuestro Sitio Web.

email: bjabogados@outlook.com

email: info@bjabogadoshonduras.com