Proceso Constitución de Sociedad


Por lo general, para constituir una sociedad mercantil en Honduras es necesario seguir los trámites que se detallan a continuación, contando en todo caso con la asistencia de un abogado para contar con el debido asesoramiento jurídico. En BJ Abogados le ofrecemos Servicio Online de Constitución de Sociedad.

Antes de iniciar el proceso de creación de la nueva empresa, es importante que el futuro empresario(a), haya definido claramente el tipo de producto a elaborar/comercializar, haya identificado los clientes a quienes venderá, haya decidido si establecerá su empresa solo(a) o se asociara a algún grupo. Además
Una vez definido lo anterior, el/la nuevo(a) empresario(a) estará listo(a) para iniciar a tramitar los requisitos y licencias para el establecimiento de la empresa.

Detalle de Requisitos, Permisos, Registros o Afiliaciones
(Aplican según tipo de sociedad o actividad comercial)

1.- Tipos de Sociedades Reguladas por el Código del Comercio
2.- Requisitos Generales
3.- Formar de Constituir la Sociedad
4.- Solicitud del R.T.N. (Registro Tributario Nacional)
5.- El Depósito Bancario
6.- Escritura de Constitución ante el Notario
7.- Inscripción y Publicación en el Registro Mercantil y Cámara de Comercio
8.- La Inscripción Cámara de Comercio
9.- Inscripción Cámara de Turismo
10.- Permiso de Operación – Alcaldía Municipal
11.- Autorización de Libros
12.- Inscripción IHSS – Instituto Hondureño de Seguridad Social
13.- Permiso de Rotulo
14.- Licencia Ambiental
15.- Licencia y Registros Sanitarios
16.- Registros Veterinarios
17.- Registros de Marcas, Patentes o Diseños Industriales
18.- Certificado de Libre venta o Distribución de Productos (Exportadores)
19.- Licencia de Representante o Distribuidor
20.- Registro de Impuestos Sobre Ventas
Código de Barras
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1. Tipos de Sociedades Reguladas por el Código del Comercio


» Sociedad Anónima (S.A.)
» Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.)
» Comerciante Individual:
» La Sociedad en Nombre Colectivo
» Sociedad en Comandita Simple
» Sociedad en Comandita por Acciones

2. Requisitos Generales

  • No. Mínimos de Socios 2
  • Deposito en Institución bancaria capital mínimo exigido.
  • Fotocopia de la Identidad de cada socio o copia del pasaporte si es extranjero
  • Poder Legal (Para constitución de sociedad a distancia)
  • Información general de los socios, tipo de empresa, de los administradores, entre otros según tipo de sociedad.

3. Formar de Constituir la Sociedad:

    1. Que los socios o sus representantes vengan a Honduras y comparezcan ante notario y constituyan la sociedad.
    2. Los socios en envíen dos poderes (Sin son varios se dividan en dos grupos), para que dos de nuestros abogados o particulares que designen comparezcan en nombre de los socios:

2.1) Poder otorgado ante Notario extranjero y posteriormente apostillen el mismo.
2.2) Se presenten a otorgar poder en el Consulado de Honduras.

  1. Otra forma seria que el notario de Honduras o un representante viaje al país donde se encuentran los socios y allí comparecen los socios a crear la sociedad.
  2. Dos Personas hondureñas (Sin Poder) pueden crear la sociedad, estableciendo en la escritura de constitución que por única vez el primer traspaso de acciones no necesitaría autorización para la venta o endoso. Posteriormente estos socios endosan las acciones a nombre de los socios dueños. Según nuestra legislación quien posee las acciones es el que reclama los dividendos y se hace constar en el libro de accionista.

4.- Solicitud del R.T.N. (Registro Tributario Nacional)


Actualmente es necesario contar o solicitar previo la constitución de la Sociedad el RTN de los todos los socios, ante la Dirección Ejecutiva de Ingresos, mediante la presentación del formulario correspondiente al que debe acompañarse una fotocopia de la Cédula de Identidad o de Pasaporte en caso de los extranjeros.

5.- El Depósito Bancario


Puede constituirse en cualquier Banco Nacional y el importe variará dependiendo del tipo de sociedad que se constituya, por ejemplo, será como mínimo de Lps. 5,000 para las Sociedades de Responsabilidad Limitada, y Lps. 25,000 para el caso de las Sociedades Anónimas, o del 25 % del capital mínimo exigible.

6.- Escritura de Constitución ante el Notario


La constitución de la sociedad debe figurar, en su caso, en Escritura Pública y ser firmada por los socios ante Notario o por los Apoderados en Caso de Constitución de Sociedad a distancia. En esta escritura deben figurar los datos generales, de los socios, el capital, la aportación o acciones, entre otros, ya sea Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada.

El precio de la Escritura de constitución se encuentra fijado por el Arancel del Colegio de Abogados de Honduras y dependerá del capital social de la empresa que se constituye y la extensión de la propia escritura.

7.- Inscripción y Publicación en el Registro Mercantil y Cámara de Comercio.


Una vez constituida la sociedad, se hace la publicación respectiva en un Diario de circulación nacional, se paga el Impuesto registral según capital, y posteriormente presentamos la constitución para su inscripción en el Registro Mercantil.
Registrada la Sociedad en el Registro Mercantil y previo a la obtención del R.T.N. correspondiente a la Sociedad, se debe inscribir la misma en la Cámara de Comercio, pagando la tasa según capital de constitución.

8.- Inscripción Cámara de Comercio


El registro de toda empresa mercantil y comerciante individual es obligatorio. El artículo 384 del Código de Comercio dicta lo siguiente: “Es obligatorio el registro de todo comerciante en la Cámara de Comercio e Industria correspondiente.” Las Alcaldías Municipales no autorizarán los permisos de operación a todo comerciante individual, persona natural o jurídica, que no se inscriba o renueve el Registro previamente en la Cámara respectiva de su municipio o departamento.”

9.- Inscripción Cámara de Turismo


Solo deben realizarlo aquellas empresas que se dediquen a actividades del sector turismo.

10.- Permiso de Operación – Alcaldía Municipal


Documento que extiende la alcaldía municipal, para garantizar que la empresa opera conforme a las leyes municipales. Para que un negocio o establecimiento comercial o institución con fines de lucro, pueda funcionar en él termino Municipal, es obligatorio que los propietarios o sus representantes legales obtengan previamente el permiso de operación de negocios y renovarlo en el mes de enero de cada año.

11.- Autorización de Libros


De acuerdo con el Código de Comercio el/la empresario(a) estará obligado(a) a llevar cuenta y razón de todas sus operaciones y deberá llevar una contabilidad mercantil debidamente organizada, en base al sistema de partida doble. Por lo que deberá llevar, al efecto, un Libro de Inventarios y Balances, un Libro Diario y un Libro Mayor y los demás que sean necesarios para exigencias objetivas o de leyes especiales.
Los libros obligatorios deberán estar empastados y foliados y serán autorizados por el Alcalde Municipal del lugar en donde estuviere situada la empresa. Se hará constar el número de folios que tuviere el libro y en cada uno de ellos se estampará el sello del organismo correspondiente.

12.- Inscripción IHSS – Instituto Hondureño de Seguridad Social


Deben inscribirse en el IHSS, todas las personas o empresas jurídicas legalmente constituidas, quienes cuenten con su permiso de operación.

13.- Permiso de Rotulo


Cuando el rótulo es grande, se debe presentar la aprobación de un ingeniero civil colegiado. Aquellas empresas que estén ubicadas en los sectores 01, 02 y 06 del Distrito Central, deben solicitar una constancia de aprobación del centro histórico (este trámite se debe gestionar en el Museo Villa Roy).
Nota: El o la empresaria debe solicitar una inspección para verificar el tipo de rótulo y sus respectivas medidas y especificar el número telefónico en la solicitud. Se recomienda no instalar ningún rotulo mientras no se cuente con el permiso.
Al igual que el permiso de operación el proceso de obtención de permiso de rotulo varia de municipio a municipio, pues este está regido de acuerdo al plan de arbitrios municipal. Para Trámites en Tegucigalpa.

11.- Licencia Ambiental


La Licencia Ambiental es un instrumento importante para cumplir con la obligación del Estado de proteger el medio ambiente. Se otorga a una persona natural o jurídica, públicas o privadas, para la ejecución de proyectos, obras y actividades que puedan producir deterioros graves a los recursos naturales renovables o al medio ambiente, previa preclasificación del proyecto conforme a la Tabla de Categorización Ambiental.
Empresas Que Deben Obtener La Licencia Ambiental: Aquellas cuyos procesos de producción provoquen un impacto negativo en el medio ambiente. Tales como industrias cementeras, farmacéuticas, otras.

12.- Licencia Sanitaria y Registros Sanitarios


La licencia y registro sanitario es la autorización otorgada por la autoridad sanitaria competente para que un establecimiento pueda fabricar, importar, exportar, transportar, distribuir, manipular, almacenar, envasar, expender y dispensar productos de interés sanitario, así como brindar servicios en salud, una vez que se cumpla con todos los requisitos técnicos y legales

Licencia Sanitaria

Deben obtener Licencia Sanitaria las siguientes empresas: Droguerías, farmacias, puestos de ventas de medicamentos, establecimientos de salud (centros o clínicas médicas, consultorios, estéticas, centros de nutrición, centros odontólogos, hospitales, ambulancias: terrestres, áreas y marítimas, y laboratorios).

Registro Sanitario

El Registro Sanitario se gestiona para que los productos de interés sanitario puedan ser fabricados, distribuidos, importados o exportados. Son productos de interés sanitario: comestibles, sustancias químicas, cosméticos, materiales de uso médico y quirúrgico, productos de higiene personal, medicamentos.

16.- Registros Veterinarios


Es el permiso que se otorga a la mercancía para ser ingresada al territorio nacional proveniente de otros países. El tramita se realiza en la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) en las oficinas del Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA). Registro de Distribuidores y Vendedores de
Plaguicidas, Registro y Fabricación de Concentrado

17.- Registros de Marcas, Patentes y Derechos de Autor


Marca es el nombre de producto y/o servicio que lo diferencia de la competencia. Para que una marca sea registrada no debe violar la protección legal de otra marca ya existente; la palabra debe ser corta, sencilla, fácil de reconocer, pronunciar, recordar y escribir; debe describir al producto o servicio, debe ser aplicable a un servicio o producto de la misma línea que más tarde se quiera agregar.
Patente es un derecho concedido por el Estado a un inventor, a cambio de la publicación de su invento. Asegura al inventor, durante un tiempo convenido, de la no utilización por un tercero de la invención bajo ningún concepto.
Derechos de Autor son los derechos exclusivos conferido por un Gobierno al creador de obras literarias o artísticas originales, tales como libros u otras obras escritas, dibujos, fotografías, composiciones musicales, grabaciones, películas cinematográficas y programas de computadora. Son de alcance internacional y conceden al creador de la obra los derechos de reproducción, derivación, distribución, ejecución y exposición…
Es de suma importancia registrar las marcas, patentes y derechos de autor, ya que así aseguramos que nadie los utilice sin el consentimiento del o (la) empresario(a).

18.- Certificado de Libre Venta y Consumo


Si exportara productos alimenticios como ser: comidas enlatadas bebidas alcohólicas, jugos, productos lácteos procesados, embutidos y otros, deberá presentar el Certificado de Libre Venta y Consumo el cual se obtiene en la Secretaría de Salud Pública, en la División de Control de Alimentos.

19.- Licencia de Representante o Distribuidor


Es un certificado para distribuidores y agentes de empresas nacionales y extranjeras, extendido por la Secretaría de Industria y Comercio (S.I.C.) en la Secretaría General.

20.- Registro De Impuestos Sobre Ventas


Es un impuesto que se cobra en base a la cantidad que una persona paga por un artículo o servicio. La Tasa General del Impuesto Sobre Ventas es del doce por ciento que recae sobre (12%) sobre las importaciones y ventas de bienes o servicios sujetos a la Ley del Impuesto Sobre Ventas (Decreto No. 24), mientras que el gravamen del quince por ciento (15%) recae únicamente en las ventas de cervezas, aguardientes, licores compuestos, cigarrillos y otros productos elaborados de tabaco.

21.- Código de Barra


Es un número único y no significativo que se asigna a un producto generalmente de consumo masivo. Dichos códigos son representados por un símbolo (serie de barras claras y oscuras de anchura variables), las cuales pueden ser identificadas automáticamente en el check out del punto de venta (caja registradora), mediante un sistema incorporado a la misma, compuesto por un lector óptico (scanner) que permite decodificar el símbolo de cada artículo.

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