Debido a la multitud de consultas que recibimos, en este formato GRATIS descargable se le muestra como Calcular Prestaciones Laborales en Honduras en Plantilla de Excel, fácilmente desde su computadora, con notas que le iran indicando que datos ingresar.
*Clic en el botón y después de la publicidad podrá descargar la platilla por un costo.
Por lo tanto, al saber como calcular prestaciones laborales en Honduras en Plantilla de Excel, podra tener una orientación de los derechos y prestaciones laborales que le corresponden, ingresando solo los datos basicos para obtener valores de su preaviso, auxilio de cesantía, vacaciones, decimotercer mes (aguinaldo) y decimocuarto mes (catorceavo), segun su caso como trabajador.
NOTA: Este es un formato gratuito y orientativo para cálculo de prestaciones laborales de forma personal. Nuestra oficina no certifica estos resultados y recomendamos acudir al Ministerio del Trabajo para un cálculo oficial o consultar a un abogado ya que hay casos particulares.
Leer también: Como Calcular Prestaciones Laborales En Honduras desde la Web del Ministerio del Trabajo
También ingresando a la página web de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) provee una calculadora de prestaciones que permite estimar el monto para los casos más comunes.
Seguidamente en la parte superior izquierda de la web está la sección consulta, donde hay varias opciones (denuncia, salario mínimo, horas extras y cálculo de prestaciones) puede ingresa directamente en la web en el enlace REALIZAR CÁLCULO. Igualmente otra opción es descargar la aplicación «Consultas Trabajo HN» al teléfono móvil o tableta.
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¿Qué sucede si una persona es contratada en forma verbal y el empleador niega un derecho?
La trabajador debe acudir de inmediato a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social a las oficinas de Inspección General del Trabajo o al Programa Mujer Trabajadora y solicitar los servicios de un inspector para determinar su situación. El patrono que no célebre por escrito los contratos de trabajo u omita alguno de sus requisitos, hará presumir, en caso de controversia, que las condiciones alegadas por el trabajador/a son ciertas, sin perjuicio de prueba en contrario. (Art. 30 del Código de Trabajo).
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